POLÍTICA ANTICORRUPCIÓN
Nos comprometemos con los principios naturales de las relaciones económicas y las buenas prácticas de los negocios y con el cumplimiento de la legislación y regulaciones vigentes, teniendo como referencia nuestro “Código ético y de conducta” y nuestra “Política de transparencia”, base de nuestros valores institucionales.
Objetivo
Hemos definido nuestra “Política anticorrupción” para prevenir, evitar y penalizar las prácticas de corrupción que pudieran darse en nuestra organización por parte de accionistas y propietarios, consejeros, directivos y empleados, clientes y proveedores.
El objetivo es proteger nuestros valores institucionales, la transparencia de nuestras operaciones comerciales y nuestra reputación ante la sociedad en general, instituciones, colaboradores, clientes y proveedores.
Alcance
Esta “Política anticorrupción” aplica a Accionistas y propietarios, Consejeros, Directivos y empleados, así como a nuestros clientes y proveedores.
Principios
1. Nuestros Accionistas, Consejeros, Directivos, Empleados, Clientes, Proveedores y personas u organizaciones que actúen en nuestro nombre y/o representación, se adhieren a la presente “Política Anticorrupción”, así como a nuestro “Código ético y de conducta”, a nuestra “Política de transparencia” y al resto de nuestras políticas organizacionales.
2. Nuestros Accionistas, Consejeros y Directivos promoverán la adhesión a
nuestras políticas, para fortalecer el desarrollo de una cultura de honradez,
respeto y buenas prácticas.
3. Tenemos estrictamente prohibido a Accionistas, Consejeros, Directivos y
Empleados, así como a Clientes y Proveedores realizar conductas que propicien la corrupción, tales como: soborno, cohecho, participación indebida en procedimientos comerciales y/o administrativos, tráfico de influencias, uso de información falsa, alterada o simulada, obstrucción a investigaciones de las administraciones públicas, y complicidad directa o indirecta con empleados y/o terceros para ganar contrataciones públicas.
4. Queda prohibido que cualquier empleado ejerza su influencia o poder sobre otros empleados, o sobre clientes y proveedores, para llevar a cabo acciones indebidas o corruptas, así como en contra de nuestro “Código ético y de conducta”.
5. Se propone incluir en los contratos o convenios que regulen la relación
comercial y de negocios con proveedores, clientes y empresas en general,
una cláusula legal anticorrupción del siguiente tipo:
a. “Las partes de este contrato declaran que durante las negociaciones y para la ejecución de este acuerdo, se han conducido con honestidad, transparencia y apego a las leyes anticorrupción y que se comprometen a actuar conforme a estos principios frente a sus respectivas contrapartes y terceros. Las partes reconocen expresamente que el incumplimiento de estas declaraciones constituye un incumplimiento sustancial del presente contrato
6. A cualquier socio comercial que tenga relación con nosotros y se vea involucrado en prácticas deshonestas o de corrupción con nuestros empleados y/o accionistas, le supondrá la cancelación automática de su relación comercial con nosotros.
7. Queda expresamente prohibido a nuestros accionistas, directivos o
empleados que realicen o pretendan realizar operaciones comerciales que tengan como finalidad ocultar el origen ilícito del dinero, en cumplimiento de la “Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo”.
8. Queda terminantemente prohibido realizar pagos de viajes, regalos o
diversiones a funcionarios de las administraciones públicas, sus familias o a terceros particulares que puedan influir sobre los servidores públicos en nuestro beneficio.
9. Está expresamente prohibido que nuestros empleados y directivos soliciten, reciban o acepten regalos, comidas, viajes o diversiones de funcionarios de las administraciones públicas (o sus familiares) o particulares, sabiendo o suponiendo que, a cambio, el funcionario o el particular espera recibir cualquier beneficio o ventaja indebidos por nuestra parte.
10. Nuestros empleados deben comportarse con los más altos estándares de
integridad y honestidad, debiendo evitar cualquier conflicto de intereses con nuestra organización. Nuestros empleados deben estar libres de cualquier actividad que pueda interferir o parecer interferir con el ejercicio de su independencia en la toma de decisiones objetivas en nuestro nombre. Además, los Empleados no se involucrarán en ninguna actividad que pueda constituir, contribuir o ser percibida como un conflicto de intereses.
11. Nos comprometemos a cooperar con las autoridades competentes en materia de investigación de la corrupción, en cualquier acción que lleven a cabo.